Valmaseda Abogados

Abogados Especialistas en Delitos de Apropiación Indebida

Somos un bufete de abogados especializados en derecho penal en Madrid, con amplia experiencia en casos de apropiación indebida y delitos financieros. Desde nuestros inicios, nos hemos destacado por obtener resultados sobresalientes a nivel nacional, especialmente en la Audiencia Nacional, logrando la absolución de nuestros clientes o el archivo de los casos durante la fase de instrucción.

El delito de apropiación indebida se tipifica en los artículos 253 y 254 del  Código Penal  , dentro de los delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico.

Se cometerá apropiación indebida cuando los que, en perjuicio de otro, se apropiaren para sí o para un tercero, de dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble, que hubieran recibido en depósito, comisión, guarda o custodia con la obligación de tener que devolverlos, o negar en haberlos recibido.

La diferencia con otros delitos como la estafa, es que no hay engaño para entregarlo, el problema surge cuando no se devuelve.

¿Cuáles son los requisitos para el delito de apropiación indebida?

  1. Que el autor reciba dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble.
  2. Que el autor tenga la legítima posesiónde dichos bienes por haberlo recibido de otro que estaba legitimado a tenerlo.
  3. Que el autor tenga la obligación de entregarlos o devolverlos.
  4. Que el autor, haga suyala cosa que debía entregar o devolver.
  5. Que se produzca un perjuicio patrimonial para la víctima del delito.

Para acusar a un sujeto de apropiación de dinero o bienes,  debemos de partir de manera inicial que la persona que denuncia es el propietario o poseedor legítimo del objeto en cuestión.

A su vez, se deberá acreditar que existía un acuerdo para ceder (no vender o regalar) temporalmente los bienes objeto del conflicto. Se debe probar que se ha cedido la posesión de temporalmente de unos bienes, los cuales se han usado para un fin diferente al que se acordó, o no se quieren devolver a su dueño.

Ese hecho debe de producir un enriquecimiento por parte del infractor y un empobrecimiento del titular legítimo del bien.

¿Cuál es la pena por el delito de apropiación indebida?

  • La apropiación indebida de dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble, que se hubiera recibido en depósito, comisión, o custodia, se castiga con la pena de prisión de 6 meses a 3 años.
  • La pena agravada aumentará el castigo a la pena de 1 a 6 años prisión y multa de 6 a 12 meses.
  • Existe una pena muy agravada de 4 a 8 años de prisión y multa de 12 a 24 meses, si concurren especiales circunstancias o el valor de lo apropiado supera los 250.000 Euros.
  • En cualquier otro supuesto, la apropiación de una cosa mueble ajena, se castiga con una pena de multa de 3 a 6 meses.
  • Si se tratara de cosas de valor artístico, histórico, cultural o científico, la pena será de prisión de 6 meses a 2 años.
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