Los beneficios penitenciarios son herramientas jurídicas que permiten disminuir el tiempo de cumplimiento de una condena dictada en una sentencia firme o el período de encarcelamiento real.
Podemos distinguir dos clases de beneficios penitenciarios:
- La anticipación de la libertad condicional
Este beneficio penitenciario disminuye la duración del tiempo de encarcelamiento efectivo y está regulado por el artículo 205 del Reglamento Penitenciario.
No se debe confundir con la libertad condicional estándar, que se establece en los artículos 90 a 92 del Código Penal. La razón detrás de esta diferencia se explica a continuación:
El Juez de Vigilancia Penitenciaria concede este beneficio tras recibir un pronóstico favorable y personalizado de reinserción por parte de la Junta de Tratamiento del centro penitenciario.
Para que se otorgue la anticipación de la libertad, el preso debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Haber sido clasificado dentro del tercer grado penitenciario.
- Haber cumplido las dos terceras partes de su condena o condenas.
- Mantener una buena conducta.
- Haber realizado actividades laborales, culturales u ocupacionales de manera constante, según lo establecido en el Código Penal.
- La principal diferencia entre la anticipación de la libertad condicional y la libertad condicional estándar es la cantidad de tiempo que se exige cumplir para obtenerlas.
- Mientras que para conceder la libertad condicional se requiere el cumplimiento de tres cuartas partes de la condena, la anticipación de la condicional solo requiere que se cumplan dos terceras partes de la pena.
El indulto personalizado
Este beneficio penitenciario reduce la pena impuesta por una sentencia firme y se encuentra regulado por el artículo 206 del Reglamento Penitenciario.
El Juez de Vigilancia Penitenciaria concede el indulto personalizado a través de una propuesta del Equipo Técnico, en la cantidad que las circunstancias del caso aconsejen.
Un preso puede recibir un indulto personalizado si, durante al menos 2 años, cumple con todas las siguientes circunstancias en un grado extraordinario:
- Mantener una buena conducta.
- Realizar una actividad laboral normal, ya sea dentro del centro penitenciario o en el exterior, que pueda ser considerada útil para su preparación para la vida en libertad.
- Participar en actividades de reeducación y reinserción social.
¿Cómo se pueden solicitar los beneficios penitenciarios?
- Para solicitar los beneficios penitenciarios, se debe presentar una propuesta que incluya la evaluación razonada de los motivos que la justifiquen y la evidencia de que se cumplen los siguientes elementos:
- Buena conducta.
- Trabajo o participación del preso en actividades de reeducación y reinserción social.
- Una evolución positiva en el proceso de reinserción.
- Para los trámites del indulto personalizado, el Reglamento Penitenciario remite a la normativa