En este artículo, un abogado especializado en derecho penal te explicará los aspectos legales que determinan el tiempo real de cumplimiento de una condena de 9 meses. Te sorprenderás al descubrir que, en algunos casos, un condenado por 9 meses puede acabar cumpliendo solo unos pocos meses, mientras que en otros puede llegar a estar más de un año privado de libertad.
No te pierdas este artículo si quieres saber con exactitud cuánto tiempo se cumple realmente de una condena de 9 meses.
Principales delitos con pena de 9 meses de prisión en el Código Penal Español
El Código Penal Español establece una amplia gama de delitos que pueden ser sancionados con una pena de 9 meses de prisión. A continuación, se detallan algunos de los más comunes:
1. Delitos contra la propiedad:
- Hurto: Sustracción de una cosa mueble ajena, con ánimo de apropiársela (art. 231 CP). La pena se agrava en caso de uso de violencia o intimidación (art. 235 CP) o si la cosa sustraída es de especial valor (art. 232 CP).
- Estafa: Engaño para obtener un beneficio patrimonial ilícito (art. 248 CP). La pena se agrava en caso de que el perjuicio causado sea de gran cuantía (art. 249 CP).
- Daños: Destrucción o deterioro de una cosa ajena (art. 263 CP). La pena se agrava si el daño se produce en bienes de especial valor o si se pone en peligro la vida o la integridad de las personas (art. 264 CP).
2. Delitos contra la seguridad vial:
- Conducción temeraria: Poner en grave peligro la seguridad en la vía pública (art. 380 CP).
- Conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas o estupefacientes: Poner en peligro la seguridad en la vía pública (art. 381 CP).
- Omisión del deber de socorro: No auxiliar a quien se halle en peligro (art. 195 CP).
3. Delitos contra el honor:
- Calumnia: Difusión de injurias con conocimiento de su falsedad (art. 221 CP).
- Injuria: Difusión de injurias con conocimiento de su falsedad (art. 220 CP).
4. Delitos contra la Administración Pública:
- Desobediencia: No cumplir una orden legítima de un funcionario público (art. 283 CP).
- Resistencia: Resistirse a la autoridad o a sus agentes cuando estos ejerzan sus funciones (art. 280 CP).
5. Delitos contra la seguridad ciudadana:
- Amenazas: Amenazar a otro con un mal que constituya delito (art. 169 CP).
- Allanamiento de morada: Entrar en un domicilio ajeno sin consentimiento de su morador (art. 202 CP).
Es importante destacar que esta enumeración no es exhaustiva, y que existen otros muchos delitos que pueden ser sancionados con una pena de 9 meses de prisión. La pena concreta que se impondrá en cada caso dependerá de las circunstancias específicas del delito y del historial del acusado.
¿Cuánto tiempo se suele cumplir de una condena de 9 meses?
Según el Código Penal Español (art. 79), la regla general es que se cumplan dos terceras partes de la pena impuesta. En el caso de una condena de 9 meses, esto equivaldría a 6 meses de prisión.
Sin embargo, existen excepciones a esta regla general. Por ejemplo, el condenado puede cumplir solo la mitad de la pena si no tiene antecedentes penales, si repara el daño causado a la víctima y si muestra un buen comportamiento en prisión (art. 80 CP).
En cambio, el condenado puede cumplir más de dos terceras partes de la pena si ha cometido un delito grave o si tiene un amplio historial delictivo (art. 76 CP).
Además de la pena privativa de libertad, el condenado también puede ser condenado a otras penas, como multa, inhabilitación para el ejercicio de un oficio o profesión o prohibición de acercarse a la víctima.
Es importante tener en cuenta que la información proporcionada en este párrafo es general y no debe considerarse como asesoramiento legal. Para conocer con exactitud cuánto tiempo deberá cumplir un condenado en un caso concreto, se recomienda consultar con un abogado especializado en derecho penal.
¿Qué puedes hacer para minimizar el tiempo de condena?
Si te han condenado a una pena de 9 meses de prisión, existen diversas estrategias que puedes seguir para intentar reducir el tiempo que pasas entre rejas. A continuación, se detallan algunas de las más importantes:
1. Mostrar un buen comportamiento en prisión:
Es fundamental que durante tu estancia en prisión te comportes de manera ejemplar. Esto implica cumplir con todas las normas y reglamentos del centro penitenciario, respetar a los funcionarios y a los demás internos, y participar en las actividades formativas y laborales que se te ofrezcan. Un buen comportamiento puede ser valorado positivamente por la Junta de Tratamiento, lo que puede traducirse en una progresión más rápida de grado y en la posibilidad de acceder a beneficios penitenciarios, como permisos o la libertad condicional (art. 100 CP).
2. Reparar el daño causado a la víctima:
Si tu delito ha causado un perjuicio a la víctima, intentar repararlo puede ser visto como un signo de arrepentimiento y de compromiso con la resocialización. Esto puede incluir la devolución del dinero sustraído, la reparación del daño material causado o la indemnización por los daños morales sufridos. La reparación del daño puede ser valorada positivamente por la Junta de Tratamiento y puede tener un impacto positivo en la decisión sobre tu progresión de grado o la concesión de beneficios penitenciarios.
3. Participar en programas de tratamiento:
Los centros penitenciarios suelen ofrecer una variedad de programas de tratamiento dirigidos a abordar las causas del comportamiento delictivo y a promover la resocialización de los internos. Estos programas pueden abordar temas como el control de la ira, el consumo de drogas, la violencia doméstica o las habilidades sociales. La participación activa y positiva en estos programas puede ser valorada positivamente por la Junta de Tratamiento y puede aumentar tus posibilidades de obtener beneficios penitenciarios.
4. Solicitar la revisión de la condena:
En determinados casos, es posible solicitar la revisión de la condena para obtener una reducción de la pena. Esto puede ser posible, por ejemplo, si se han encontrado nuevas pruebas que demuestran tu inocencia o si se han producido cambios en la legislación que favorecen al condenado. La solicitud de revisión de la condena debe presentarse ante el juez o tribunal que dictó la sentencia.
5. Buscar asesoramiento legal:
Es muy recomendable contar con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho penal durante todo el proceso de cumplimiento de la pena. Un abogado podrá informarte sobre tus derechos y opciones, ayudarte a elaborar un plan para minimizar el tiempo que pasas en prisión y representarte en caso de que sea necesario recurrir a la vía judicial.
Es importante tener en cuenta que la información proporcionada en este párrafo es general y no debe considerarse como asesoramiento legal. Para saber qué puedes hacer en tu caso concreto para minimizar el tiempo que pasas en prisión, te recomendamos que consultes con un abogado especializado en derecho penal.
Conclusión
Como hemos visto a lo largo de este artículo, la cantidad de tiempo que se cumple realmente de una condena de 9 meses puede variar significativamente en función de diversos factores.
Es fundamental que las personas que se enfrentan a una condena penal tengan acceso a información clara y precisa sobre sus derechos y opciones. Un abogado especializado en derecho penal puede proporcionar el asesoramiento legal necesario para minimizar el tiempo que se pasa en prisión y para garantizar que se respetan todos los derechos del acusado.
En este blog, nos esforzamos por ofrecer información útil y práctica sobre diversos aspectos del derecho penal. Te invitamos a seguir leyendo nuestros artículos para conocer más sobre tus derechos y cómo protegerlos.
Si tienes alguna pregunta o necesitas asesoramiento legal, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.
14 respuestas
q puedo hacer si mi pareja lo an condenado a 6 meses d prisión x un quebrantamiento en una orden de alejamiento xq yo le e buscado antes ,xq yo nunca le e denunciado ,solo el aceptó lo echos x temor y x eso le an puesto una orden de alejamiento contra mi
En este caso, si tu pareja ha sido condenado a 6 meses de prisión por quebrantamiento de la orden de alejamiento, la situación es compleja. El quebrantamiento de una orden de alejamiento es un delito penal grave, y si él ha aceptado los hechos, la condena se ha dictado en base a su aceptación. Sin embargo, aunque tú no hayas denunciado, el hecho de que se haya producido el quebrantamiento es suficiente para que se actúe en su contra, ya que las órdenes de alejamiento son medidas de protección dictadas por un juez para evitar situaciones de riesgo.
Existen algunas opciones que podrías explorar, aunque dependerán de la situación y la jurisprudencia aplicable. Podrías hablar con el abogado de tu pareja para explorar la posibilidad de que se le conceda la libertad condicional o el beneficio del tercer grado, si cumple los requisitos, como tener un buen comportamiento y no representar un riesgo para ti. También podrían analizar si se puede recurrir la sentencia en caso de que haya elementos que puedan ser revisados por el tribunal.
En cuanto a la posibilidad de que tú, como víctima, puedas influir en la situación, podrías pedir al juez que reconsidere la pena o incluso que revoque la orden de alejamiento si consideras que ya no existe el riesgo. No obstante, ten en cuenta que la decisión final recae en el tribunal y en los servicios penitenciarios.
si mi hijo le piden 9 meses porque tenía dos años sin poder cometer nada y en esos dos años tuvo una denuncia de una mujer que le piden ingreso en prisión en 15 días.
se tiene que tirar los 9 meses o se puede reducir la pena
….???
En el caso que describes, parece que tu hijo tenía una condena o medida de suspensión de la ejecución de la pena bajo una condición de no cometer delitos durante un período determinado. Si durante ese período cometió una nueva infracción (como la denuncia de una mujer), es posible que se revoque la suspensión y se le exija cumplir la pena en prisión.
La revocación de la suspensión de la pena y la ejecución de la condena dependen de la naturaleza del delito cometido y de la decisión del juez. En principio, si el juez considera que la infracción cometida durante el período de suspensión no justifica una nueva pena más grave, se puede mantener la condena inicial (en este caso, los 9 meses) sin modificaciones, o se puede aplicar una rebaja en la pena, dependiendo de las circunstancias.
Para ver si la pena puede ser reducida o modificada, es fundamental presentar un recurso o solicitud ante el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria o ante el Tribunal de Ejecución Penal, argumentando atenuantes o justificaciones que puedan llevar a una revisión de la pena. Sin embargo, si la nueva denuncia supone una violación grave de las condiciones, la pena podría cumplirse de forma íntegra.
Voy a entrar en prisión y mi pena es de ocho meses por hurto ya que me salté la condicional, cuanto cumpliré en prisión?
Si tu pena es de 8 meses por hurto y no puedes beneficiarte de la suspensión porque incumpliste las condiciones de la libertad condicional, el tiempo efectivo que pasarás en prisión dependerá de factores como tu comportamiento y la clasificación penitenciaria. En general, para penas inferiores a un año, podrías cumplir entre un tercio y la mitad de la condena antes de optar a beneficios como permisos o el tercer grado. Esto equivale a estar en prisión aproximadamente 2,5 a 4 meses.
El acceso al tercer grado permitiría que pases a régimen de semilibertad, donde podrías trabajar o estudiar fuera durante el día. Para agilizar este proceso, es importante mostrar buena conducta y participar en programas de reinserción. Consulta con un abogado especializado en derecho penitenciario para revisar tu caso concreto y asegurarte de aprovechar los beneficios penitenciarios que te correspondan. ¡Ánimo!
me piden 9 meses de prisión, no tengo antecedente, mi abogado a solicitado la suspension de condena, la parte contraria está de acuerdo pero el fiscal sólo a puesto me opongo. ¿puedo entrar? ¿se puede evitar de alguna manera?
Si te han pedido 9 meses de prisión y no tienes antecedentes, la suspensión de la condena es perfectamente viable, ya que cumples los requisitos del artículo 80 del Código Penal. El hecho de que el fiscal se oponga sin motivarlo no significa que el juez vaya a denegarla, pero sí que es clave rebatir esa oposición, insistiendo en que cumples los requisitos y aportando arraigo, informes de buena conducta o incluso proponiendo trabajos en beneficio de la comunidad si fuera necesario. Además, dado que la parte contraria está de acuerdo, es un punto a favor. Si el juez denegara la suspensión, siempre se puede recurrir la decisión ante la Audiencia Provincial.Si quieres contar con nuestros servicios ponte en contacto con nosotros en el 626 87 49 54, whatsapp disponible.
tengo una condena de 9meses y un día y la tengo recureda quiero saber cuándo tardan en responder llevo dos semanas esperando
Eso depende del juzgado en concreto y de su carga de trabajo.
Buenos dias
Estoy cumpliendo una comdena de 9.meses por unas amenazas leves (6 meses + 3 por reincidencia) en un CIS desde enero hasta octubre.
En abril hago 1/4.de la condena y empezaré a disfrutar de pemisos.
Estoy en 3° grado del art.83 del RP.
Tengo dudas con la posibilidad de reducir el tiempo de cumplimiento. Por lo que sé la única forma es pidiendo la libertad condicional, que creo que dependiendo del caso puede disfrutarse a partir de 1/2, 2/3 o 3/4 de la condena. Ésto me podria interesar si el tiempo se suspensión es corto,.de unos pocos meses. Pero no sé si esto es posible o las libertades condionales son por periodos mucho más largos.
Le agradecemos que me pudiese orientar en este sentido.
Muchad gracias de antemano.
En tu caso, estando en tercer grado y cumpliendo una condena de 9 meses en un CIS, la principal vía para reducir el tiempo de cumplimiento sería la libertad condicional. Como bien señalas, el Código Penal establece distintos umbrales para acceder a ella, dependiendo de las circunstancias del penado:
Régimen general (art. 90 CP): Se puede solicitar la libertad condicional al cumplir dos tercios de la condena, siempre que haya buena conducta y pronóstico favorable de reinserción.
Supuestos especiales: En ciertos casos, como personas con enfermedades graves o personas en tercer grado con pronóstico de reinserción alto, se podría conceder con la mitad de la condena cumplida.
Dado que tu condena es corta, si logras permisos sin incidencias y mantienes buena conducta, podrías intentar solicitar la libertad condicional al llegar a los 6 meses de cumplimiento (dos tercios). Sin embargo, si se concede, el tiempo de suspensión suele abarcar el resto de la pena, por lo que seguirías bajo control penitenciario hasta completar los 9 meses.
Te recomendaría que hables con tu jurista de institución penitenciaria o con tu abogado para que valore la mejor estrategia y te ayude a tramitar la solicitud en cuanto cumplas el requisito temporal.
buenas, tengo antecedentes por hurto, y ahora voy a tener una vista por supuesta estafa leve por defraudar el gas, puedo entrar en prisión?
No, en principio no entrarías en prisión por una estafa leve, aunque ya tengas antecedentes por hurto.
La estafa leve (art. 249 y 250 del Código Penal) se castiga con una multa si el valor defraudado es menor a 400 euros.
Solo hay riesgo de prisión si se considera estafa agravada, lo cual ocurre cuando el importe supera los 400 euros o hay circunstancias agravantes (como abuso de confianza o vulnerabilidad de la víctima).
Si la estafa es leve, la pena será económica (multa), no de cárcel.
Si tienes antecedentes penales no cancelados y la nueva condena es por más de 2 años de prisión (lo cual es improbable en tu caso), podrías perder el beneficio de suspensión de condena.